Novedades fiscales para la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2015

Novedades fiscales para la campaña de la declaración de la renta 2016

TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA DEL EJERCICIO 2015

 

Comienza la cuenta atrás para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2015. La campaña de la renta 2016 se presentará entre los meses de Abril y Junio de 2016. En AP Consultores te presentamos el calendario y una serie de novedades que presenta la Agencia Tributaría.

6 de Abril 2016. Comienza la campaña de la declaración de la renta. A partir de esta fecha ya se podrá solicitar el borrador de la renta y del patrimonio correspondientes al 2015 y presentarlo a través de Internet.

10 de Mayo 2016. Ésta será la fecha para presentarla de manera presencial en las oficinas de la Agencia tributaria y entidades colaboradoras.

El 25 de Junio 2016 será la fecha tope para presentar la declaración de la renta con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.

El 30 de Junio acabará la campaña de la declaración de la renta 2016 y será la fecha final para presentar el resto de declaraciones. Esta fecha coincide con el vencimiento del plazo para aquellos trabajadores sujetos al régimen especial para trabajadores desplazados de tributación por IRPF.

Novedades fiscales

La exención por despido o cese del empleado se mantendrá en los mismos términos que el periodo anterior, pero se fija como límite la cantidad de 180.000 euros. Exención válida para despidos que se produzcan a partir del 1 de agosto de 2014. Sin embargo, este límite no operará en los casos de expediente de regulación de empleo y despido colectivo cuando el expediente se haya aprobado o cuando el despido colectivo se haya iniciado con anterioridad a dicha fecha.

Las becas públicas se mantendrán también en los mismos términos, pero se añaden como exentas las becas concedidas por las fundaciones bancarias sin ánimo de lucro.

Se suprime la exención de los dividendos obtenidos por la participación de fondos propios por cualquier tipo de entidad.

Los rendimientos positivos derivados de los nuevos planes de ahorro a largo plazo quedarán exentos, siempre y cuando el contribuyente no efectúe disposición del capital resultante en un plazo de 5 años desde su apertura.

Se establecen limites separados de tres veces el IPREM (eliminándose el límite conjunto) para los rendimientos del trabajo derivados de las prestaciones en forma de renta percibidas por las personas con discapacidad en los correspondientes sistemas de previsión social y para las aportaciones a los patrimonios protegidos de estos.

Como novedad legislativa en el IRPF se declaran exentas las rentas mínimas de inserción y riesgo de exclusión social con un importe máximo anual conjunto de 1,5 veces el IPREM y las ayudas concedidas a las victimas de delitos violentos.

Se establece un nuevo sistema para presentar la declaración de la renta online, Renta Web. No hará falta descargar el programa padre en ordenador y se podrá acceder desde dispositivos móviles como tablets y smarphones.

En AP consultores contamos con los mejores profesionales para asesorarte en la presentación de tu declaración. Pídenos una cita a través de nuestros datos de contacto y realizaremos la gestión adaptándonos a tus necesidades de forma personalizada.